Durante el pasado mes de diciembre ha sido modificada la Ley General Tributaria y, a partir del 01.01.2017, no se podrá aplazar ni fraccionar el IVA. Solamente será posible pedir aplazamiento si se justifica que las facturas NO han sido cobradas.
La AEAT pretende/fuerza a que la financiación de los impuestos sea efectuada por las entidades bancarias.
Si precisa financiar el pago de la declaración de IVA del 4TR/2016, cuyo importe será cargado en c/c el día 30 de enero, es aconsejable que valore la posibilidad de comenzar a efectuar los trámites con su entidad financiera
Comments are closed.